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NO SOLO LA PESCA DEPORTIVA ES MALTRATO ANIMAL


 Por: Yerly Mozo 



Poco o nada a nuestra sociedad le ha importado la vida, sintiencia y protección de los animales

acuáticos cuando de causarles su muerte se trata, por lo que sorprende gratamente el

pronunciamiento de la Corte Constitucional de prohibir la pesca deportiva.

En todo caso, reviste preocupación para los colombianos el salvamento y aclaración de voto de los

Magistrados Cristina Pardo Schlesinger y Jorge Enrique Ibáñez Najar respectivamente, quienes

se pronunciaron en contra, argumentando un falso dilema que pone en la misma balanza la protección

animal con valores de otra identidad como lo es el aborto en mujeres hasta las 24 semanas.

No es un tema menor este planteamiento porque mientras los ciudadanos estamos cansados de

tanto maltrato animal, no hay armonización de las leyes donde los animales no sean cosas, son

inexistentes los presupuestos, función y política pública nacional para proteger a los animales con

problemáticas que cada día aumentan afectando familias, proyectos de vida y la salud ante tanta

impotencia para atender altos niveles de violencia hacia los animales, los defensores de animales no

tenemos reconocimiento, ni plan de atención ni contingencia, al contrario, las alcaldías y autoridades

nos atacan, cuando históricamente hemos asumido la tarea del Estado y nos han dejado solos.

Los colombianos no nos podemos enfrascar en un falso dilema para distraer y frenar los avances

que se necesitan todos los animales (incluidos los acuáticos).

Entonces no podemos ser ingenuos y debemos tener cuidado con estos argumentos que muy

seguramente podrían encaminar a legitimar prácticas de crueldad y maltrato animal, o ser una forma estratégica que quiere quitar valor al ser mas vulnerable (los animales) ante la opinión pública, o se pretenda desprestigiar la labor de los colombianos y sus defensores de animales en la búsqueda de

los derechos a los animales.

Reitera la Corte que el fundamento de este importantísimo pronunciamiento de prohibición de la

pesca deportiva es el “deber de protección a los animales”, el cual aunado al principio de

precaución y prohibición de maltrato animal, indica claramente que debe prohibirse que se les cause

daño a los animales de nuestros ríos y mares.

Afortunadamente el Magistrado José Fernando Reyes Cuartas en su aclaración de voto plasma la realidad de los animales señalando que “la pesca deportiva es una invisible y silenciosa agonía”,

señala el alcance para actividades de ocio, turismo, recreo, entretenimiento o esparcimiento y

acotando el significado que tiene el uso de los anzuelos y métodos de captura que causan sufrimiento animal y que sus últimos minutos son momentos de tortura para los mismos. Estudios

califican que los peces como seres sintientes además tienen la capacidad de una vida consciente,

como por ejemplo en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en su artículo 13 se les

reconoce como “Seres Sensibles” otorgando garantías de bienestar a los animales de la pesca.

De igual manera es interesante por parte de la Magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado en su

aclaración de voto reitera la necesidad de armonizar la Dignidad Humana con el Estatuto de

Protección Animal – Ley 84 de 1989 – Un concepto que no podemos dejar pasar por alto y trabajar

en el desarrollo de este planteamiento.

Los cambios de paradigmas no son fáciles y sin duda para Colombia tampoco lo será en este tema,

pero entendernos como animales humanos, como una especie mas que compartimos el planeta es el primer paso que necesitamos. Tenemos la responsabilidad de buscar un equilibrio en nuestras

actividades y con la naturaleza brindando un trato moral y ético hacia otros seres con capacidad de sentir sufrimiento, dolor y agonía.

Los colombianos debemos accionar, retarnos a conocer la realidad de los animales acuáticos y

brindar un abordaje encaminado a la transformación de la productividad económica de estas comunidades de pesca artesanal y acuicultura.

Así lo ha venido recomendando la Organización

para la Cooperación y el Desarrollo Económico - OCDE que se requieren grandes apuestas en

educación para transformar hacia medios de vida alternativos con actividades mejor remuneradas,

lo que propenderá por mejorar la calidad de vida de las personas y reducir la presión sobre los

animales en el tiempo.

La Corte ha dado un año de transición y adaptación para el cumplimiento de la prohibición de orden

Constitucional. Un caso interesante es Noruega que logró reducir la pesca a su mínima expresión,

aunque la apuesta puede ser con prácticas amigables con la naturaleza.

Cabe señalar que ya la Organización Mundial de la Sanidad Animal –OIE ha manifestado el

“Bienestar Animal” en las prácticas de pesca como una necesidad sanitaria en un momento post

pandemia seg̼n estrategia 2021 Р2025.

No puedo dejar de compartir mi preocupación por la sintiencia del pulpo que años atrás me planteó

un profesor de biología marina de la Universidad Jorge Tadeo Lozano de Colombia y que ahora

estudios recientes en London School of Economics and Political Science la ratifican como muy

alta. Recomiendan sobre la necesidad de prohibir la crianza y pesca de estos animales al no existir

opciones de bienestar por su capacidad extraordinaria de sintiencia según los criterios de clasificación

estudiados y que también trascienden a los cangrejos, langostas y calamares.

En Colombia a la luz de

la Ley esto es un argumento de maltrato animal hacia un ser con una capacidad muy alta de

sintiencia.

Por último, no podemos olvidar las flotas de pesca legal e ilegal como una actividad insostenible que

degrada los hábitats acuáticos para lo que recomiendo ver el documental “Seaspiracy” que se

encuentra fácilmente en YouTube y empezar con nuestra conciencia y acciones a contribuir en esta importante apuesta nacional donde no solo la pesca deportiva es maltrato animal!!

¡Todos Unidos Construyendo una Colombia Libre de Maltrato Animal!

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