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La Procuraduría corre cargos a la ex alcaldesa Virna Johnson por la contratación de Internet para colegios en el Distrito

Para esa época no era conveniente, debido a que estaba vigente el distanciamiento social y los niño no iban a las aulas de clases
En resumen, había un criterio a tener en cuenta, que la entonces mandataria pasó por alto

Por: Odin Vitola
La Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos contra la exalcaldesa de Santa Marta, Virna Johnson Salcedo (2020 – 2023), y la exdirectora de Contratación de la alcaldía, Greysi Ávila Campo (2020), por presuntas irregularidades en la contratación del servicio de internet para 106 instituciones educativas oficiales, durante la emergencia sanitaria decretada por la pandemia del covid-19 en el país.

El bilateral, suscrito por 1.041 millones de pesos con recursos del Sistema General de Participaciones, también contemplaba habilitar un servicio de radio enlace terrestre para otros 16 colegios públicos, ubicados en las estribaciones de la Sierra Nevada de Santa Marta.

El Ministerio Público señaló que no era posible cumplir con el trabajo en los términos contemplados en el contrato, pues debido a las normas de aislamiento social decretadas por el Gobierno Nacional durante la pandemia los estudiantes no podían asistir a tomar sus clases de manera presencial, lo que “hacía innecesaria y superflua la contratación de ese servicio en las sedes educativas de la ciudad”.

El órgano de control señaló que, aunque el municipio modificó el contrato para que la población escolar pudiera recibir el servicio de conectividad a internet desde sus hogares, las entonces funcionarias al momento de suscribir el bilateral desconocieron “situaciones que no solo eran conocidas sino claramente notorias (…), lo que puso en riesgo el cumplimiento de los fines de la contratación y la debida prestación del servicio de la educación en términos de oportunidad y calidad”.   

Por esos hechos, habrían vulnerado los principios de economía y responsabilidad de la contratación estatal, razón por la cual la Procuraduría calificó la aparente conducta de las investigadas como una falta gravísima cometida con culpa gravísima.

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