Personería Distrital advierte que actualización catastral en Santa Marta debe hacerse sin generar impacto negativo a los contribuyentes - La emisora que quieren los samarios

Personería Distrital advierte que actualización catastral en Santa Marta debe hacerse sin generar impacto negativo a los contribuyentes

La entidad recordó que existen topes legales al aumento del Impuesto Predial y mecanismos de revisión para los propietarios que consideren injusto el nuevo avalúo.

La Personería Distrital de Santa Marta, en cabeza de Edwar Fernando Orozco Oñate, advirtió que el proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, ordenado mediante el Decreto 296 del 11 de agosto de 2025, debe realizarse con estricto respeto a la Ley, para evitar incrementos desproporcionados en el Impuesto Predial que pagan los samarios.

El Personero explicó que la actualización catastral es un proceso necesario para identificar y valorar los predios de la ciudad, pero recordó que la normatividad nacional —como la Ley 1995 de 2019 y la Ley 44 de 1990— establece límites claros al aumento del impuesto. Esto significa que la Administración Distrital no puede aplicar incrementos que superen lo fijado por la ley, salvo en casos excepcionales.

"Independientemente del valor de catastro obtenido siguiendo los procedimientos del artículo anterior, para los predios que hayan sido objeto de actualización catastral y hayan pagado según esa actualización, será del IPC+8 puntos porcentuales máximo del Impuesto Predial Unificado. Para el caso de los predios que no se hayan actualizado el límite será de máximo 50% del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior. Para las viviendas pertenecientes a los estratos 1 y 2 cuyo avalúo catastral sea hasta, 135 smmlv, el incremento anual del Impuesto Predial no podrá sobrepasar el 100% del IPC", precisa el personero Edwar Orozco Oñate en las observaciones que ofició a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Multipopósito y a la Secretaría de Hacienda Distrital.

De igual forma, resaltó que los propietarios y poseedores tienen derecho a solicitar la revisión del avalúo catastral si consideran que no corresponde a las características reales de su inmueble. En ese trámite, los contribuyentes pueden aportar pruebas y la autoridad catastral está obligada a resolver en un plazo máximo de tres meses.

“Queremos que la ciudadanía sepa que la actualización catastral no es sinónimo de un aumento desmedido en el impuesto. La Ley protege a los contribuyentes y les brinda herramientas para defender sus derechos”, señaló el Personero Distrital.

La Personería reiteró que seguirá vigilando este proceso para garantizar un equilibrio entre las necesidades fiscales del Distrito y la protección del patrimonio de las familias samarias.


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