Por : Odín Vitola
El Juez Quinto Penal del Circuito de Santa Marta, Sergio David Parodi Carrillo, revocó en segunda instancia la sanción de 5 días de arresto que había sido proferida en contra de la gobernadora del Magdalena, María Guerra Zúñiga, quien no acató lo que en su momento se le ordenó, de reintegrar al señor John Fredy Cardona Ferreira en la gerencia de la ESE Hospital Alejandro Maestre Sierra, de Ariguaní.
Llama la atención, según abogados de la ciudad, que entre los argumentos de Parodi Carrillo para revocar dicha tutela, está el que la competencia recaía en los Juzgados del lugar donde ocurrió la transgresión del derecho fundamental, en este caso puntual, el Juzgado Promiscuo Municipal de Ariguaní, al que debió remitirse la acción constitucional en primera instancia.
Lo curioso, o raro, es que para diciembre pasado cuando fue presentada la tutela, los juzgados Promiscuos estaban cerrados por razones de vacancia judicial.
Y aunque también advierte que el accionante, Cardona Ferreira, atacaba dos actos administrativos, debía acudir a la vía administrativa, como la eficaz para que se estudiaran de fondo las pretensiones.
Otro aspecto curioso o de sospechosa casualidad, es que ese mismo juez, que no participó de concurso de mérito alguno para hacerse al cargo de Juez de la República, revisó el fallo como superior jerárquico, y posteriormente le tocó conocer y resolver la impugnación.