La suspensión de operaciones del Ferry entre los municipios de Salamanina, Magdalena, y Ponedera, Atlántico, ha conllevado a que unas 60 mil personas que habitan en dichas municipalidades y poblaciones vecinas, se vean afectadas en algunos de sus derechos fundamentales, según dice la Procuraduría que ha entrado a terciar en el tema, con la advertencia de supuestas fallas por parte de la autoridad ambiental.

Como se recuerda, el Instituto Nacional de Vías, Invías, ha estado al frente de obras civiles ordenadas por la justicia contenciosa administrativa, y le ha solicitado a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, Corpamag, su intervención como autoridad ambiental, con el argumento de que las operaciones del Ferry afectan dichas obras, debido a que aceleran la erosión fluvial y han socavado las riberas.

Tras los estudios y revisiones del caso, Corpamag emitió la Resolución No. 3400 de agosto de 2.025, mediante la cual ordenó la suspensión de las operaciones del Ferry, por la falta de permiso ambientales, entre otras razones, lo que según la Procuraduría, afecta a los lugareños que dependen de dicho medio de transporte para su movilidad, acceso a servicios de salud y abastecimiento de alimentos, entre otros, en los municipios de Salamina, Pivijay y El Piñón.

La empresa que opera el Ferry ha presentado un recurso de reposición contra dicha Resolución, y espera para los próximos días una respuesta. Y sostiene en sus argumentos, que no se ha demostrado la existencia de la citada erosión fluvial, ni menos que fuera causada por las operaciones del medio de transporte antes mencionado.