El Decreto 0182 del 25 de febrero de 2026 redefine cuántas EPS podrán funcionar en departamentos y municipios según población y número de afiliados. Las entidades con baja participación saldrán de algunos territorios y sus usuarios serán reasignados por el Estado.
El Gobierno del presidente Gustavo Petro expidió este 25 de febrero de 2026 el Decreto 0182, con el que estableció nuevas reglas para la operación de las EPS en el país. La norma redefine el ámbito territorial en el que podrán funcionar estas aseguradoras y fija límites según el tamaño poblacional de departamentos y municipios, así como el porcentaje de afiliados que tenga cada entidad.
El decreto dispone que cuando una EPS concentre más del 20% de los afiliados a nivel nacional, será contabilizada dentro del número máximo permitido en cada categoría departamental o municipal, pero conservará su autorización territorial.
En el caso de las EPS con menos de un millón de afiliados, mantendrán su ámbito actual; sin embargo, si en un departamento su participación es inferior al 3% del total de afiliados sumando régimen contributivo y subsidiado no podrán seguir operando en los municipios de ese territorio.