"Afiliación como beneficiario, una opción de aseguramiento en salud durante el desempleo": Nueva EPS

Hay que tener en cuenta que para este caso pueden ser considerados beneficiarios las personas diferentes al grupo familiar básico del cotizante, siempre y cuando dependan económicamente de este. Adicionalmente deben encontrarse hasta en el cuarto nivel de consanguinidad o segundo de afinidad del trabajador que cotiza, es decir que pueden afiliarse hermanos, abuelos, tíos, sobrinos, nietos, bisabuelos, bisnietos, suegros, yernos, nueras y cuñadas.
Así mismo, pueden afiliarse como beneficiarios menores de 12 años sin parentesco que dependan económicamente del cotizante, los hijos entre 18 y 25 años que dependan económicamente del cotizante o hijos mayores de 25 años que sufran de algún tipo de discapacidad.
NUEVA EPS invita los interesados en estos procesos a que se informen visitando nuestra página web www.nuevaeps.co.
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