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Confirman la terminación anticipada del proceso disciplinario a los abogados Alex Fernández Harding y Dilia Inés Barón Arias

La decisión ratifica lo que el 23 de marzo de 2.023 había dispuesto la Comisión Disciplinaria Judicial seccional Atlántico
La investigación se inició tras afirmaciones de Adán Rojas de haber recibido propuesta de los abogados, para declarar contra Caicedo

Por: Odin Vitola

Con ponencia del magistrado Alfonso Cajiao Cabrera, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó el pasado 11 de septiembre del año en curso, la terminación anticipada del proceso disciplinario a favor de los conocidos abogados de Santa Mata Alex Alberto Fernández Harding y Dilia Inés Barón Arias, que había sido decidida en primera instancia por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico.

El proceso se había iniciado con la compulsa de copias que hizo el 25 de abril de 2.018 la Fiscalía 190 Delegada ante la Dirección Especializada contra las Violaciones de los Derechos Humanos, en el sentido de que el señor Adán Rojas Mendoza, miembro del denominado "Clan “Rojas”, había afirmado que los profesionales del derecho antes mencionados les habían ofrecido dinero a cabio de declarar en contra de Carlos Caicedo Omar, ex rector de la Universidad del Magdalena, inculpándolo de crímenes ocurridos en Barranquilla.

En sus descargos Fernández Harding aseguró que quien tomó la declaración del señor Adán Rojas Mendoza fue el investigador Ricardo Cuencas Pérez, quien era investigador y contratado para dicho fin, quien le rindió informe el 4 de mayo de 2018.
Posteriormente solicitó los testimonios de Dilia Barón Arias, Amauri Restrepo, Julián Gracia Arboleda, Piedad Maduro, Ignacio Alfonso y Ricardo Cuentas Pérez; igualmente aporta un cuadernillo con las actuaciones procesales de las diligencias seguidas contra el señor Caicedo.

Tras las pruebas presentadas por las partes, la decisión de primera instancia en el Atlántico consistió en terminar anticipadamente el proceso, debido a que no podía seguir, dada la configuración del fenómeno prescriptivo de la acción disciplinaria, lo que en segunda instancia, fue confirmado por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, lo que demuestra que Alex Alberto Fernández Harding y Dilia Inés Barón Arias nada tenían que ver con las afirmaciones del señor Rojas Mendoza.

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