Santa Marta adopta nuevas medidas de Pico y Placa y regula el transporte especial para mejorar la movilidad
Las determinaciones se adoptan con el objetivo de mejorar la movilidad urbana, reducir la congestión vehicular y optimizar el uso de la infraestructura vial en la ciudad
La Alcaldía Distrital de Santa Marta, a través de la Secretaría de Movilidad Multimodal y Sostenible, anunció la implementación de nuevas medidas de restricción vehicular mediante los Decretos 160 y 161 de 2025, orientadas a optimizar la circulación, mitigar la congestión vial y garantizar una movilidad más eficiente en la ciudad.
A través del Decreto 160, se establece la continuidad de la medida de ‘Pico y Placa’ para automóviles, camperos, camionetas y microbuses de servicio particular.
Esta regulación se mantiene de lunes a viernes en tres franjas horarias de 7:00 a. m. a 9:00 a. m.; 11:30 a. m. a 2:00 p. m. y 5:00 p. m. a 8:00 p. m.
La restricción se define según el último dígito de la placa de los vehículos: lunes: 1 y 2; martes: 3 y 4; miércoles: 5 y 6; jueves: 7 y 8 y viernes: 9 y 0.
Estas medidas estarán vigentes hasta el 11 de octubre de 2025, mientras se desarrollan estudios técnicos para un nuevo esquema de movilidad. La zona de aplicación incluye el anillo vial comprendido por la carrera 1ª, Batallón Córdova, cerro Ziruma, Troncal del Caribe y la Vía Alterna, abarcando tanto vías públicas como privadas de acceso libre dentro del área urbana del Distrito.
Se autoriza como medida excepcional la circulación de vehículos de turistas el día de su ingreso a la ciudad, siempre que presenten comprobante de pago del último peaje ubicado fuera del perímetro urbano. Hay que aclarar, que esta excepción no aplica en días festivos.
También quedan exentos de la medida: Vehículos de directores o gerentes de entidades del orden nacional con sede en Santa Marta, los de los funcionarios de la Alcaldía Distrital y la Gobernación del Magdalena y los vehículos de organismos de seguridad del Estado, Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Fiscalía General, Inpec, CTI y demás entidades con funciones legales de policía, entre otras excepciones.
Regulación al transporte especial
En respuesta al incremento del uso del transporte público terrestre automotor especial en zonas urbanas, el Decreto 161 del 7 de mayo de 2025 establece nuevas regulaciones para este servicio, complementando el Decreto 034 de 202.
Se restringe la circulación de estos vehículos de lunes a viernes entre las 7:00 a. m. y las 11:59 p. m., de acuerdo con el último dígito de su placa. Esta medida tampoco aplica en días festivos.
La restricción aplica en los sectores del Anillo vial comprendido entre la carrera 1ª, Batallón Córdova, cerro Ziruma, Troncal del Caribe y la Vía Alterna y en el Área del Rodadero Sur: entre la carrera 1ª y la avenida Hernández Pardo, y entre la calle 1ª y la calle 25 (Glorieta Mariposas Amarillas). Están exentos los vehículos del servicio especial que prestan transporte escolar.
Las sanciones correspondientes comenzarán a aplicarse una vez transcurridos 15 días calendario de pedagogía y socialización desde la expedición de los decretos hasta por el término de un (01) año.
De acuerdo con la Secretaría de Movilidad Distrital, en puntos críticos de la ciudad se han registrado promedios de circulación superiores a 1.300 vehículos cada 30 minutos, lo cual demuestra un elevado nivel de congestión vehicular que afecta negativamente los tiempos de desplazamiento y la calidad de vida de los samarios.
Actualmente, el parque automotor del Distrito está compuesto por 76.877 vehículos; de esta cifra, 70.301 corresponden a servicio particular, 6.114 de servicio público, 402 oficiales y 60 clasificados en otras categorías.
La Alcaldía Distrital de Santa Marta invita a todos los ciudadanos y actores del transporte a acatar estas medidas que buscan promover una movilidad ordenada, reducir la contaminación y mejorar la calidad del servicio público en la ciudad.
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