Por : Odín Vitola

La regional Magdalena del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar debe realizar, en un término no mayor a los 5 días luego de haber sido notificada, una inspección técnica que le permita establecer en qué condiciones se encuentran las instalaciones del Hogar Infantil que en el corregimiento de Taganga, le administra la Fundación Autogestionaria para el Desarrollo Integral de las Comunidades Afrodescendientes.

Esa orden debe sr igualmente cumplida por la citada fundación y las dos entidades accionadas tendrán que estar acompañadas de los padres de familia que tiene  sus hijos menores de edad, en el citado establecimiento educativo.

Posteriormente debe entregarle al Juez Tercero Penal del Circuito de Santa Marta, Joaquín Rafael González Ortega, un informe detallado sobre los hallazgos, y si resulta necesaria una intervención a dichas instalaciones, para la seguridad de la comunidad. En caso de ser requerida la intervención, esta estará a cargo del Bienestar Familiar.