Advierten pruebas sobrevivientes y de oficio ordenan sus prácticas, en Acción Popular contra acueducto y alcantarillado del Distrito
Se trata de la Acción Popular que el procurador ambiental, Jorge Escobar, presentó en el Tribunal Contencioso
Por: Odín Vitola
Debido a que se advierten pruebas sobrevinientes, la magistrada Maribel Mendoza Jiménez, ponente en la Acción Popular promovida por el Procurador 13 Ambiental y Agrario del Distrito de Santa Marta, Jorge Eduardo Escobar Silebi, ordenó de oficio practicar dichas pruebas, para posteriormente presentar el fallo de primera instancia.
Esa demanda, contra la Nación, los ministerios de Vivienda y Hacienda y Crédito Público, la dirección general de apoyo fiscal, el viceministerio de agua y saneamiento básico, e igualmente contra el Distrito de Santa Marta, la empresa Essmar, y el Dadsa como autoridad ambiental, fue presentada por escobar Silebi, al considerar que en la ciudad no se cumplen los requisitos mínimos de optimización y salubridad establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, POT, por la precaria disponibilidad presupuestal en agua potable y saneamiento básico.
Lo anterior, según el demandante, “ha imposibilitado la adopción de medidas de biodisponibilidad, y en su defecto, de potabilidad del recurso hídrico a fin de asegurar la prestación de un servicio público continuo y de calidad”.
Con base en lo anterior, y ante nuevas pruebas, el Tribunal Contencioso se abstuvo de fallar y ha decidido de oficio, proceder a la práctica de otras pruebas, para posteriormente proceder a dictar el fallo de primera instancia a que haya lugar.
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